Impuesto de herencias, legados y donaciones en Guatemala: Situación actual
Febrero de 2026, el Congreso de la República de Guatemala aprueba el Decreto 6-2026, mediante el cual se elimina el impuesto aplicable a herencias, legados y donaciones. Impuesto tributario que había estado vigente desde 1947 en el país.
Este impuesto gravaba la transmisión de bienes recibidos como resultado de los procesos sucesorios.
A partir de ahora y con la entrada en vigor de esta normativa, los ciudadanos guatemaltecos quedan liberados del pago de este tributo al recibir bienes por herencia, incluyendo inmuebles como casas o terrenos.
Además, la ley contempla la exoneración de obligaciones relacionadas con este impuesto en aquellos procesos sucesorios que se encontraban en curso al momento de su aprobación.
¿Por qué se ha derogado el Impuesto de herencias, legados y donaciones en Guatemala?
La eliminación de este impuesto responde a los siguientes objetivos:
- Simplificar el sistema tributario del país eliminando impuestos que se consideran ineficientes en la actualidad del país
- Salvaguardar el patrimonio de las familias guatemaltecas
- Evitar que los herederos deban recurrir a endeudamiento o venta de activos para cumplir con obligaciones tributarias
- Facilitar la transferencia patrimonial entre generaciones
Cabe destacar que este tributo representaba aproximadamente el 0.4% de la recaudación fiscal de Guatemala, equivalente a cerca de Q40 millones anuales.
Marco anterior: Contexto normativo previo a la eliminación del impuesto
Previo a su derogación, este tributo se encontraba establecido bajo el Decreto 431, cuya finalidad era gravar la transferencia de bienes realizada sin contraprestación económica, ya fuera a través de herencias, legados o donaciones.
La carga impositiva variaba en función del grado de parentesco entre las partes, con tasas que podían oscilar aproximadamente entre el 1% y el 20%.
Durante años, este impuesto fue objeto de cuestionamiento debido a:
- Su limitada capacidad de recaudación
- La tendencia a generar mecanismos de evasión fiscal entre los contribuyentes
- La presión económica que podía generar sobre los herederos, quienes en algunos casos debían vender activos heredados llegando a endeudarse para hacer frente y cumplir con el pago del impuesto
Impuesto de herencias, legados y donaciones en Guatemala: Efectos para las personas
Beneficios principales
Uno de los efectos más relevantes es la reducción de la carga tributaria directa asociada a la recepción de bienes por herencia, ya que actualmente la transmisión patrimonial por sucesión ya no genera un impuesto.
Adicionalmente, esta medida facilita la conservación del patrimonio familiar, disminuyendo la necesidad de que los herederos deban vender bienes heredados para cubrir obligaciones fiscales.
Otro impacto importante es la mejora en la liquidez de los beneficiarios, ya que no deben realizar un pago tributario inmediato al momento de recibir los bienes.
Impuesto de herencias, legados y donaciones en Guatemala: Consideraciones importantes a tener en cuenta
La eliminación de este impuesto no implica que la transmisión patrimonial quede totalmente libre de cargas económicas o fiscales. Dependiendo del caso, pueden mantenerse ciertas obligaciones, tales como:
- Impuestos municipales aplicables, como el IUSI
- Obligaciones de ISR en caso de que los bienes heredados generen ingresos posteriores
- Costos asociados al proceso sucesorio, incluyendo gastos notariales, registros, honorarios etc…
Mantener su situación patrimonial correctamente planificada es clave para evitar contingencias fiscales y gastos innecesarios. En González & Yoc le acompañamos con asesoría estratégica y actualizada para proteger su patrimonio y cumplir con la normativa vigente. Contáctenos y revise hoy mismo su estructura patrimonial con expertos.
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